'Los Lunnis' en tela de juicio

7 comentarios

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en sentencia firme que no ha sido recurrida por ninguna de las partes, ha reconocido la autoría de Los Lunnis a dos redactores de Televisión Española, que tendrán ahora derecho a cobrar la parte correspondiente de los beneficios y de los derechos de explotación que ha generado el popular programa.

Si bien Televisión Española argumentaba que Los Lunnis fue una creación colectiva, la sentencia da la razón a los demandantes en un hito para los creadores de espacios televisivos, que a menudo han citado entre sus reivindicaciones la retribución correspondiente por los ingresos de las series y programas, más allá del sueldo cobrado durante el proceso creativo.

Paradójicamente y a pesar de la claridad de la sentencia, para exigir los ingresos correspondientes los demandantes tendrán que formular una nueva demanda porque a estas alturas siguen sin haber cobrado lo que les corresponde, en una clara muestra de cómo está el tema de los derechos en nuestro país, aún en pañales (nunca mejor dicho).

Es alucinante, por otro lado, ver cómo Televisión Española está explotando Los Lunnis y ver cómo nació el popular programa, a partir de un contrato de una redactora por obra o servicio. Desgraciadamente, este tipo de contrataciones es más habitual de lo que pensamos y no es exclusiva de la cadena pública. La inestabilidad de colectivo es tal que se resisten a interponer denuncias de este tipo por temor a represalias. Aún nos queda mucho camino por recorrer.

Vía | El Mundo
En ¡Vaya Tele! | ‘Los Lunnis’ se verán también en América

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Comentarios

  • 1

    Avatar de Alberto el Gallego !

    Mañana fichan por Telecinco

  • 2

    Avatar de keldara !

    Puesss... en realidad no es tan raro que tengan que presentar otra demanda para cobrar los derechos, porque el primer juicio sería un declarativo, y si la parte demandada, esto es, RTVE, no paga en el plazo de 20 días hábiles, lo normal es presentar demanda ejecutiva. Más aún, si tenemos en cuenta que, seguramente (no he leído la sentencia), la cantidad a cobrar habrá de determinarse en ejecución de sentencia, (dado que durante la pendencia del proceso se habrán seguido produciendo beneficios para RTVE por la explotación de Los Lunnis, y los creadores tienen derecho a cobrar no sólo por los beneficios obtenidos hasta la presentación de la demanda, sino por los devengados durante el proceso, y por los que se devenguen en el futuro), lo lógico es que presenten otra demanda.

    Al menos, yo lo haría. Eso sí, los intereses pueden ser guapos, porque ¿desde cuándo están Los Lunnis en funcionamiento? Hay veces en que se cobra más por intereses que por principal, así que enhorabuena a los demandantes, no sólo han puesto una pica en Flandes, sino que además van a llevarse un buen pellizco.

  • 3

    Avatar de ruth !

    ALBERTO EL GALLEGO: Jajjjajjaaa. Eso sería saltar de la sartén para caer en el fuego.

    KELDARA: Lo has explicado a la perfección, ése es el proceso que se abre ahora.

  • 4

    Avatar de El Señor Lechero !

    Bah, bah. Donde estén los Aurones...

  • 5

    Avatar de ruth !

    EL SEÑOR LECHERO: Jajjajjaaa. Y Los Fruitis. ¡Qué escalofríos!

  • 6

    interesante

    Avatar de Anaxagoras !

    Pues yo no lo veo bien. Por ejemplo, si yo trabajo en una Ingeniería y a mi empresa la contratan para diseñar una carretera. Pues cogemos los ingenieros del departamento y la diseñamos. Y cobramos nuestro sueldo y punto. Y no cobramos por el "proceso creativo" de la carretera en cuestión. Así que los creadores a cobrar cuando una cosa sale bien, y cuando no sale bien, paga la cadena, no?

    Es que ya estamos sacando otra vez de quicio el significado de los derechos de autor. Si quieres cobrar por ello te montas tu empresa y asumes el riesgo. Punto.

  • 7

    Avatar de ruth !

    ANAXAGORAS: Es que a mí me parece que no es comparable una carretera con un programa o serie. Es como si cualquier arquitecto quisiese cobrar lo mismo que Rafael Moneo porque ambos proyectan puentes. Es decir, que un programa no es un tratamiento general, y eso es lo que yo creo que valora la sentencia.

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